
PARROQUIA
SEÑOR DE LOS MILAGROS
DIÓCESIS DE CÙCUTA

Ministros Extraordinrios de la Comunión
Un Ministro Extraordinario de la Sagrada Comunión, es un laico o religioso que ha sido nombrado por el Obispo por un período de tiempo, o por un sacerdote para una ocasión singular, para ayudar al sacerdote o diácono en la distribución de la Sagrada Comunión a todos los fieles. La distribución de la Sagrada Comunión no debe ser vista como una ejecución más completa del sacerdocio que le pertenece a todos los creyentes en virtud de su bautismo, ya que ese sacerdocio está ordenado a la santificación del mundo a través de la vida pública del individuo, junto con su oración privada y sacrificio y no para hacer un culto público en nombre de la Iglesia. En su lugar, debe ser visto como el ejercicio de una función que es propia de los ordenados al sacerdocio, la cual, si es necesario, debe ser llevada a cabo por otros. Esto destaca la naturaleza extraordinaria de este servicio, el cual, más que ser parte de la estructura de la Iglesia, ésta ligada a las necesidades particulares que surgen por el número limitado del clero
El uso de ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión debe ser considerado como un signo de escasez de sacerdotes y diáconos, y debería ser una motivación para orar con el fin de incrementar las sagradas vocaciones al sacerdocio y el diaconado. Los ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión desempeñan un servicio muy valioso para la Iglesia supliendo esta necesidad temporal, pero es importante reconocer que este servicio corresponde a una situación extraordinaria en la vida de la Iglesia
Es un ministerio laical contemplado en la Iglesia Católica y estipulado en el Canon 230, párrafo tercero del Derecho Canónico que dice: “Donde lo aconseje la necesidad de la Iglesia y no haya ministros, pueden los laicos, aunque no sean lectores ni acólitos, suplirles en algunas de sus funciones, es decir, ejercitar el ministerio de la palabra, presidir las oraciones litúrgicas, administrar el bautismo y dar la sagrada Comunión según la prescripción del derecho”. Y en el canon siguiente (231) establece que para ejercer este ministerio laical se requiere de la debida formación, conciencia y generosidad.
De esta manera los laicos pueden ayudar en una forma activa a los párrocos en la distribución de la Comunión, tanto en la misa como fuera de ella.




